Tengo un año con mi novio y él quiere casarse conmigo pero yo aún no porque tengo muchas dudas. Una de ellas es que él tiene una hija de un compromiso anterior ya adolescente y la mamá de ella le hace la vida imposible a mi novio por cuestión de dinero. Ahora él está construyendo una casa y me preocupa que cuando tengamos hijos haya problemas con esta niña. Lo que yo quisiera es tener mis cosas para mis hijos. ¿Es posible tener más propiedades sin que esta niña conste como heredera? Es decir tengo que hacer poner a nombre de otras personas lo que compre o a nombre de mis hijos si los tuviera. Con esto quiero evitar problemas futuros ya que la mamá de esta niña es un poco ambiciosa, yo no me opongo que el papá le dé, pero no veo por qué yo tenga que trabajar para darle a ellas. Otra duda que tengo es que mi novio hizo una declaración juramentada de que vivimos en unión libre ¿Esto qué quiere decir? Tengo los mismos derechos de una esposa y el puede casarse con otra persona habiendo hecho esta declaración.
N.N.,
Guayaquil
Cuando uno fallece le heredan todos los hijos por partes iguales. Si usted quiere que el patrimonio trabajado por su novio conjuntamente con usted solo sea de los hijos de ambos, tendrían que celebrar capitulaciones matrimoniales, ante notario, antes de casarse, de modo que la sociedad conyugal no se rija por las reglas establecidas legalmente, sino que cada uno conserve su propio patrimonio. La desventaja que habría en este caso es que, si él es el único proveedor, usted no tendría derecho al 50% de lo que él llegase a tener. La otra opción sería que se pongan los bienes directamente a nombre de los hijos, y, para que estos no dispongan de ellos cuando sean adultos, sería aconsejable que compren la nuda propiedad para ellos y ustedes el usufructo, ya que este no es transmisible por herencia.
La unión libre da lugar a la formación de una sociedad de hecho, similar a la que se gesta con motivo del matrimonio, con los mismos derechos y obligaciones (esto concierne a los bienes, no a las personas). En virtud de ello, ambos tienen derecho al cincuenta por ciento de gananciales sobre todo lo que se adquiere a título oneroso (es decir, no por herencia, legado o donación), y, para disponer de los bienes habidos en la forma mencionada, o gravarlos con hipoteca u otro tipo de limitaciones (inmuebles, vehículos con motor y acciones y participaciones mercantiles) debe contarse con el consentimiento del otro. Sin embargo, es menester tener en consideración que, si la persona figura como soltera en la cédula, y no declara ante el notario que mantiene unión libre al momento de celebrar la escritura de adquisición de un bien raíz, podría posteriormente disponer de él al haber omitido dicha información. Además, cualquiera puede casarse no obstante tener este tipo de unión, la misma que se termina por el matrimonio de uno de los dos.
Dra. Katia Murrieta Wong,
Abogada y notaria vigesimoséptima del cantón Guayaquil. Telfs.: 231-1743, 231-2129
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Comentarios (1)

escrito por KARINA, marzo 20, 2010
Querida N.N, muy particularmente de la parte legal o de los bienes materiales que deseas para tí y tus hijos (que aún no han nacido), me pongo a reflexionar al respecto, que tal si nos ponemos en la parte contraria , en la de la mujer "ambiciosa" como la llamas y en la de su hija, te gustaría que te midieran con el mismo rasero que tú lo haces, si esta mujer tiene pretenciones, atencion, es que tu pareja no ha asumido las responsabilidades en su día con esta hija, me parece querida amiga que antes de solucionar tus problemas legales, debes dejar resuelto el de esta niña, que tal si en un futuro es a la inversa, con tus futuros hijos???
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